El derecho de retracto en membresías vacacionales

La Superintendencia de Industria y Comercio informó en junio de 2025 que protegió los derechos de dos consumidores que contrataron una membresía vacacional después de ser abordados en un centro comercial. La entidad declaró que United Alliance S. A. S. había vulnerado el derecho de retracto en las circunstancias analizadas. El retracto permite, en supuestos previstos por la ley, que el consumidor se aparte de determinadas compras o contratos celebrados por medios no tradicionales o a distancia, dentro del plazo y las condiciones aplicables.

El derecho de retracto en la venta de membresías vacacionales depende de las condiciones de comercialización y de las reglas de protección al consumidor que correspondan. La actuación de la SIC resalta la importancia de explicar cómo se ofreció el producto, qué información recibió el comprador y si se respetaron los mecanismos legales para desistir.

La SIC examinó una contratación realizada en un centro comercial

Las ventas realizadas mediante abordajes presenciales, presentaciones comerciales intensivas o invitaciones que llevan al consumidor a contratar de inmediato pueden requerir especial atención respecto de la información proporcionada y el derecho a reconsiderar la operación. No todas las compras están cubiertas por el retracto ni todos los contratos tienen las mismas excepciones. Por eso es necesario revisar el canal de contratación, la naturaleza del producto, la fecha en que se celebró el contrato y las condiciones de la legislación de consumo.

Entidades responsables y canales oficiales

El valor de la decisión está en el análisis de la forma como se acercó la oferta y se perfeccionó el contrato, no en declarar inválidas todas las membresías vacacionales. El retracto depende de los supuestos del Estatuto del Consumidor, de la modalidad de venta y de las excepciones que puedan resultar aplicables. En una reclamación similar conviene conservar el contrato completo, publicidad, comprobantes de pago, mensajes, correos y cualquier evidencia del lugar y las circunstancias de la oferta. La solicitud debe indicar la fecha de contratación, la forma en que se celebró y la pretensión concreta; es importante no confundir retracto con garantía por incumplimiento ni con la terminación ordinaria de un contrato. La decisión jurisdiccional de la SIC resuelve el asunto que conoció y orienta la comprensión de los derechos, pero una situación diferente puede requerir un examen propio de cláusulas y hechos. Para citarla con precisión, debe enlazarse el boletín oficial e identificarse el proceso si el acto consultado lo permite.

Si un consumidor decide acudir a la SIC, es necesario que explique qué ocurrió y adjunte documentos que permitan reconstruir la contratación. La autoridad no puede evaluar adecuadamente una reclamación basada solo en la percepción de presión comercial sin conocer las condiciones aceptadas y las fechas relevantes. A la vez, el proveedor debe conservar evidencia de cómo presentó la oferta y de la información entregada antes del pago. El caso reportado muestra la relevancia de las circunstancias de venta, pero no elimina la necesidad de análisis probatorio en otras disputas. Las reglas sobre retracto se deben citar en su versión vigente y junto con las excepciones aplicables al tipo de contrato.### Cómo documentar una solicitud de retracto

La persona que considera ejercer el retracto debe identificar la fecha y el canal de contratación, leer el contrato y revisar si el tipo de operación está comprendido en los supuestos legales y si existe una excepción aplicable. El derecho no opera de idéntica manera para todos los bienes y servicios, por lo que la sola inconformidad posterior no basta para establecer que procede. La solicitud debe expresar de forma clara que se busca ejercer el retracto, indicar el contrato y comunicarla por un medio que permita acreditar cuándo fue recibida. Guardar copia del mensaje y del comprobante de envío facilita reconstruir el trámite.

En una membresía vacacional, es importante distinguir el derecho de retracto de otras figuras: terminar un contrato de acuerdo con sus cláusulas, pedir la resolución por incumplimiento o reclamar por información engañosa pueden tener requisitos y efectos diferentes. La decisión reportada por la SIC se apoyó en las circunstancias de la venta y en el análisis del caso de dos consumidores; no permite concluir que todos los contratos de membresía sean retractables sin revisar la modalidad, la fecha y las excepciones legales.

Información que conviene conservar

Antes de firmar, el consumidor puede pedir tiempo para leer el documento completo y una copia de las condiciones económicas, duración, renovaciones, servicios incluidos y procedimiento para desistir, cuando exista. Si la contratación ocurre después de un abordaje o una presentación comercial, conviene conservar el nombre del vendedor, los anuncios utilizados y las comunicaciones posteriores. Esos elementos permiten establecer qué se informó y qué aceptó cada parte. No se deben firmar formularios en blanco ni entregar datos de pago sin comprender la obligación asumida.

Si surge un desacuerdo, una reclamación ordenada describe los hechos cronológicamente, adjunta el contrato y los soportes del pago, y solicita una respuesta específica. El proveedor debe tramitarla conforme a las reglas de protección al consumidor y dejar constancia de su decisión. Si la respuesta no resuelve el asunto, la persona puede examinar las vías administrativas o jurisdiccionales previstas y los requisitos de cada una. La noticia sobre la decisión de la SIC ayuda a identificar un precedente, pero la autoridad debe evaluar la prueba y las circunstancias de cada nueva controversia.